
El nuevo RIMI: ¿Un motor real para la inversión PyME? Análisis y advertencias de la Unión Industrial Argentina
El nuevo RIMI: ¿Un motor real para la inversión PyME? Análisis y advertencias de la Unión Industrial Argentina Tras la promulgación de la Ley el pasado 6 de marzo de 2026, el Régimen de Ince...
El nuevo RIMI: ¿Un motor real para la inversión PyME? Análisis y advertencias de la Unión Industrial Argentina
Tras la promulgación de la Ley el pasado 6 de marzo de 2026, el Régimen de Incentivos a las Medianas Inversiones (RIMI) se posiciona como una herramienta clave para el desarrollo productivo de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Tramos 1 y 2) en Argentina. Sin embargo, desde la Unión Industrial Argentina (UIA), si bien se reconoce el potencial de la medida, han surgido importantes observaciones sobre su implementación y alcance real para el entramado industrial.
Las claves del régimen: ¿Quiénes y cómo acceden?
El RIMI está diseñado para empresas que cuenten con el certificado PyME vigente al inicio del ejercicio fiscal de su primera inversión. La vigencia del régimen es de dos años a partir de una resolución conjunta pendiente de emisión por parte de ARCA y las secretarías de Agricultura y Energía.
Para acceder a los beneficios, se han establecido montos mínimos de inversión que varían según el tamaño de la empresa:
• Micro empresas: USD 150.000.
• Pequeñas empresas: USD 600.000.
• Medianas Tramo 1: USD 3,5 millones.
• Medianas Tramo 2: USD 9 millones.
Es importante destacar que no se requiere un monto mínimo para inversiones enfocadas en alta eficiencia energética (generación o almacenamiento con fuentes renovables) o sistemas de riego y mallas antigranizo. Los activos alcanzados incluyen bienes de capital nuevos (BK), bienes de informática y telecomunicaciones (BIT), así como obras y gastos de instalación asociados, siempre que la obra tenga un avance inferior al 30% al momento de aplicar.
Los incentivos fiscales en juego
El régimen ofrece dos beneficios principales que buscan aliviar la carga financiera de los proyectos productivos:
1. Amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias: Dependiendo del bien, las inversiones podrán amortizarse en dos cuotas anuales para bienes muebles, en una cuota para equipos de riego y eficiencia energética, o reduciendo la vida útil al 60% en el caso de obras.
2. Devolución de saldos de IVA: El beneficio permite solicitar la devolución de los créditos fiscales generados por las inversiones transcurridos tres períodos fiscales mensuales.
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