
La Justicia volvió a habilitar la fórmula para actualizar indemnizaciones
La Justicia volvió a habilitar la fórmula para actualizar indemnizaciones Tras varios pronunciamientos adversos sobre el nuevo cálculo de créditos laborales, el juez Raúl Ojeda...
La Justicia volvió a habilitar la fórmula para actualizar indemnizaciones
Tras varios pronunciamientos adversos sobre el nuevo cálculo de créditos laborales, el juez Raúl Ojeda, titular del Juzgado del Trabajo N° 63, restituyó la vigencia del artículo 55 de la Ley de Modernización Laboral. La norma establece que los intereses de las indemnizaciones se calcularán tomando como base la tasa pasiva del Banco Central (BCRA), con un tope equivalente al CER + el 3% anual.
En su dictamen, el magistrado sostuvo: "Un nuevo análisis de la cuestión me lleva a revocar por contrario imperio la medida adoptada en forma cautelar y reiterar que el análisis de fondo se difiere para el momento de la sentencia definitiva". Según se recordó en la resolución, desde la publicación de la ley en el Boletín Oficial hubo más de seis fallos adversos sobre este punto.
El esquema incorporado por el nuevo régimen laboral fija un límite máximo legal para los cálculos de créditos laborales en trámite judicial y apunta a evitar la capitalización excesiva de intereses. La medida también busca otorgar mayor previsibilidad a las empresas sobre el costo final de los juicios laborales y responder a los reclamos del sector privado, que había advertido que las tasas vigentes volvían los montos "impagables".